- Ha
admitido la demanda de la ciudadana belga Ingrid Sartiau
- Ha
rechazado, sin embargo, tramitar la planteada por el catalán Alberto Solá
Jiménez
- Sartiau
ha solicitado una prueba de paternidad
- Don
Juan Carlos tiene ahora 20 días para contestar la demanda
- Zarzuela
expresa respeto a la independencia judicial tras la demanda
Los dos demandantes, Albert
Solá e Ingrid Sartiau, en una imagen reciente. EL
MUNDO
MARÍA PERAL Madrid
El Pleno de la Sala Civil del Tribunal Supremo ha decido admitir
a trámite la demanda
de paternidad dirigida
contra el anterior jefe del Estado, el Rey Juan Carlos, por
la ciudadana belga Ingrid
Sartiau. En cambio ha rechazado tramitar la demanda planteada
por el catalánAlberto Solá Jiménez.
La Sala no ha acogido el criterio del fiscal, según el cual
ninguno de los escritos aporta un mínimo principio de prueba sobre, al menos,
la existencia de relaciones entre el demandado y las personas que se
identifican como madres biológicas por los demandantes.
La
existencia de ese principio de prueba es una exigencia de la Ley de
Enjuiciamiento Civil, conforme a la cual "en ningún caso
se admitirá la demanda sobre determinación o impugnación de la filiación si con
ella no se presenta un principio de prueba de los hechos en que se funde".
Las dos
demandas llegaron a la Sala Civil a mediados del pasado año, después de que el
Parlamento aprobara una reforma legal que mantiene el fuero de
Don Juan Carlos ante el Supremo tras abdicar la
Corona.
La Ley Orgánica 4/2014 incluyó una disposición transitoria según
la cual los tribunales que estuvieran conociendo de los procedimientos
iniciados con anterioridad al aforamiento del Rey que haya abdicado
"suspenderán su tramitación en el estado en que se encuentren" y
remitirán las actuaciones "inmediatamente" a la Sala competente del
Tribunal Supremo.
La Audiencia
Provincial de Madrid elevó
al Supremo los recursos que tenía pendientes de decidir contra las decisiones
de los Juzgados de Primera Instancia que, tanto en el caso de Solá como en el
de Sartiau, consideraron que la inviolabilidad del entonces jefe del Estado
"implica la imposibilidad no sólo de exigir responsabilidad penal, sino
también la de dirigir contra el Monarca acciones ante la jurisdicción
civil".
Tras la admisión de la demanda de paternidad formulada por la
ciudadana belga Ingrid Sartiau, el Rey Don Juan Carlos será emplazado a
personarse en el pleito por medio de abogado y procurador y tendrá 20 días para
contestar la demanda.
La ley prevé la celebración de una vista, que puede ser a puerta
cerrada si la Sala lo decide así por la necesidad de proteger la vida privada,
como es práctica habitual en estos procedimientos.
En el momento de presentar la demanda, Sartiau ya solicitó como
prueba anticipada la recogida de una muestra de ADN a Don Juan Carlos. Sobre la
realización de esta prueba, que la demandante puede reiterar ahora una vez
aceptada a trámite la demanda, tendrán que decidir los jueces, aunque el ex
jefe del Estado tendría la opción de anticiparse y prestarse voluntariamente a
aclarar si es padre o no de Sartiau mediante la prueba de ADN, cuyo resultado
es prácticamente infalible.
Sartiau no ha pedido en su demanda el interrogatorio de Don Juan
Carlos, que no tendría que estar presente en la vista salvo que ahora se
solicite-y la Sala lo admita- su interrogatorio.
Fuentes de la Sala estimaron que el pleito está resuelto, a más
tardar, antes del próximo verano.
La Casa Real ha expresado a través de un portavoz su
"respeto a la independencia del Poder Judicial" tras conocer la
decisión de la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo.
Enlace
articulo original: http://www.elmundo.es/espana/2015/01/14/54b6689dca474167268b4583.html
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