viernes, 28 de noviembre de 2014

¿Por qué protegen a los agentes que le ayudaron?

Juan E. Pflüger
Jueves, 27. Noviembre 2014 - 18:29

No se aplicó el régimen disciplinario como se hace con otros miembros de la Policía Municipal que vulneran la Ley de incompatibilidades.

Nicolás en un acto junto al coordinador de seguridad del Ayuntamiento de Madrid, García Grande, que aperece con la cara pixelada.

Los agentes adscritos al Grupo Especial de Protección –formados por escoltas y conductores- que han sido investigados por su relación con las aventuras de Francisco Nicolás Gómez Iglesias no han recibido las sanciones disciplinarias que la ley establece para casos como los descritos, probados y reconocidos durante la investigación realizada por la unidad de Asuntos Internos del Cuerpo Nacional de Policía.

El cabo Hormigos, que acompañó a Nicolás en el ya famoso viaje a Ribadeo, no ha sido apercibido por ello porque, según justificó el concejal de Seguridad del Ayuntamiento, Enrique Núñez, lo hizo durante su día libre. Sin embargo, la Ley Orgánica 4/2010, de 20 de mayo, del Régimen Disciplinario del Cuerpo Nacional de Policía, que es el que rige en el caso de los agentes de la Policía Municipal de Madrid, establece claramente las incompatibilidades de los agentes que tienen muy limitadas las posibilidades de desarrollar trabajos remunerados fuera de servicio.

Fuentes municipales aseguran a GACETA.ES que recientemente se aplicó un expediente por falta grave y suspensión de siete meses de empleo y sueldo a un agente porque se le acusó de trabajar una noche, en su día libre, como controlador de accesos en un establecimiento de hostelería. A Hormigos, sin embargo, sí se le habría impuesto una falta grave por su participación en los dispositivos montados por Francisco Nicolás para intentar influir ante el presidente del Sindicato Manos Limpias, Miguel Bernard, para que rebajase la presión sobre la Infanta Cristina en el Caso Noós.

Por la misma acción, el conductor del vehículo que trasladó al joven y a Bernard, que tiene su puesto en el Grupo Especial de Protección y está asignado a la escolta del Coordinador de Seguridad del Ayuntamiento de Madrid, Emilio García Grande.

Según ha podido saber este diario, el régimen disciplinario de la Policía Municipal de Madrid depende de la Unidad de Gestión Disciplinaria en lo que a imposición de faltas graves y muy graves. Esta unidad está compuesta por “personal de libre designación”, es decir, elegido por Núñez y García Grande. En ambos casos se da la circunstancia de que personal designado a su protección han sido descubiertos realizando estas labores incompatibles con sus cargos. Y en ambos casos se ha obviado el régimen disciplinario que sí se aplica a otros agentes por faltas menos comprometedoras.

En la actualidad, ninguno de los agentes ha sido apartado del servicio. El cabo que acompañó a Nicolás a Ribadeo ha sido trasladado a la Unidad Integral de Distrito –nombre que reciben las comisarías de la Policía Municipal de Madrid- de Tetuán, de la que ha pasado a Fuencarral aunque sigue de baja y no se ha reincorporado al servicio. Y el escolta de García Grande sigue en su puesto dentro del Grupo Especial de Protección, lo que desde el consistorio se justifica diciendo que realizó el trabajo para Nicolás durante su tiempo “meseta” o las horas libres que tienen los agentes durante su tiempo de servicio.





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