PABLO
MUÑOZ / MADRID
EFE
La instrucción del caso Nóos, que se prolonga desde julio de
2011, entraen su momento más crítico. A principios de año, quizá
el 7 de enero, el juez José Castro dictará un auto en el que o bien
archivará las diligencias respecto a Doña Cristina, o bien fijará una fecha
para citarla como imputada. Sería la segunda vez que lo hace -en la anterior
ocasión la Audiencia de Palma decidió suspenderla porque no había indicios para
mantener esa condición de la Infanta-, pero todas las fuentes consultadas por
ABC, jurídicas y judiciales, coinciden en queahora el magistrado no dará el
paso si no tiene unas garantías mínimas de que la Sala va a respaldar su
criterio. No solo eso; las mismas fuentes sostienen que daría
tiempo suficiente a la Sección Segunda para que resuelva los recursos que
se puedan presentar antes del interrogatorio -desde luego, el de la defensa de
la Duquesa de Palma-, de forma que llegaría a esa diligencia con su respaldo.
El futuro del caso
Nóos se escribe en varios tableros. Sin duda, en el jurídico, en el que el
juez Castro parece haber hecho una cuestión personal de la imputación de Doña
Cristina -no hay precedentes de que se investigue durante más de ocho
meses a una persona que ni siquiera está imputada-, y en el que el fiscal Anticorrupción Pedro Horrach, la persona que planificó,
diseñó e impulsó la delicadísima investigación, se opone frontalmente a esa
medida. Ambos habían ido de la mano hasta que se planteó esta cuestión
y ahora esa relación está rota.
La primera imputación
Pero hay más
escenarios. Sin duda, también el de la Audiencia Provincial de Palma, donde con
motivo de la primera imputación de la Infanta se vivió uno de esos
episodios poco frecuentes en nuestro sistema judicial. Según las fuentes
consultadas, Castro sabía, o al menos sospechaba, que el ponente de la Sala que
resolvería sobre el recurso presentado por Horrach contra esa medida compartía
su criterio. En la mayor parte de los casos, cuando ese magistrado, en este
caso Juan Giménez, adopta una postura, sus dos compañeros la respaldan. Esa
vez, sin embargo, no fue así. El presidente de la Sección Segunda y el tercer
juez que la formaba estudiaron los escritos de la Fiscalía y la defensa de Doña
Cristina y discreparon de su colega. Por ello, fue el propio presidente
quien redactó el auto de suspensión de la imputación, mientras que el texto del
primer ponente, favorable a la misma, se convirtió en un voto particular.
Por supuesto, el
instructor del caso Nóos acusó el golpe, porque había dictado un auto de
imputación con catorce indicios de supuesta culpabilidad de la Infanta que
consideraba incontestables. Y además vio cómo la Sala recogía, casi uno por
uno, los argumentos exculpatorios del fiscal. Eso sí, la propia Sala,
en una de esas piruetas jurídicas difíciles de entender extramuros de la
Audiencia de Palma, dejaba abierta la posibilidad a que Doña Cristina pudiera
haber cometido un delito fiscal, o incluso de blanqueo. Castro, al menos,
tenía algo a lo que agarrarse para seguir adelante.
Tras ese
varapalo, nadie cree que el magistrado se arriesgue a sufrir un nuevo
revolcón, por lo que las fuentes consultadas piensan que solo dará el paso
de imputar si tiene garantías de que la Sala no estimará los recursos que se
puedan presentar.
El tercer tablero de
esta partida sin precedentes en la historia de España se juega en un terreno, a
priori, más técnico y con menos aristas: el de la Agencia Tributaria. El
propio juez encendió la mecha al intentar imponer un experto «ad hoc» de su
confianza para analizar las cuentas de la Infanta. Era abiertamente
contrario a la normativa -es Hacienda la que decide qué inspectores hacen el
auxilio judicial-, pero es que además el elegido, sin duda muy
competente, trabajaba para Vigilancia Aduanera y solo tiene como titulación
tres años… de periodismo.
Los sucesivos informes
de los expertos de Hacienda designados para este asunto -son los mismos desde
el comienzo de la instrucción y han logrado hitos como levantar el velo
societario del Instituto Nóos y descubrir los delitos fiscales de Iñaki Urdangarín- precisaban que no se podía
imputar a la Infanta ni por delito fiscal -tampoco, por cierto, a Ana
María Tejeiro, mujer de Diego Torres- ni por blanqueo.
Sin precedentes
El juez no se conformó
y pidió nuevos análisis, e incluso llegó a ordenar a los inspectores cómo
hacerlos, en lo que supone una práctica sin precedentes. Ni siquiera
así se podía imputar a Doña Cristina los cargos que parecía pretender Castro,
aunque eso no le impidió pedir a las partes su opinión sobre la imputación.
Sería la primera vez que un juez acusara a alguien de delito fiscal y blanqueo
en contra de los informes técnicos de la Agencia Tributaria.
Pero aún queda un
cuarto tablero, el de la opinión pública. En este hay un claro ganador:
el juez Castro. La Fiscalía es un órgano jerarquizado -lo era también cuando
Pedro Horrach comenzó a investigar a Urdangarín, pero eso ya no cuenta-, y su
máximo responsable, Eduardo Torres-Dulce, ha sido nombrado por el Gobierno.
También la Agencia Tributaria depende del ministro de Hacienda, de modo
que es muy sencillo difundir la idea de que es el Ejecutivo de Rajoy el
que ha ordenado detener este asunto… Por medio queda la
profesionalidad y honorabilidad de fiscales o inspectores, cuyo futuro económico
o personal no depende del gobierno de turno, pero eso es lo de menos. El
fiscal, en sus escritos, ha luchado contra esta visión, pero sabe que es una
batalla perdida.
¿El futuro previsible? Si se cumple el guión previsto
por las fuentes consultadas, el 7 de enero, o en torno a esa fecha, Castro
citará a la Infanta como imputada por delito fiscal y blanqueo. En principio,
esa declaración se produciría a finales de febrero o principios de marzo, de
modo que la Audiencia Provincial tendría tiempo para resolver los recursos, que
no son suspensivos, que se puedan presentar.
Un escrito breve
Una de las dudas es si
optará por hacer un auto de imputación muy motivado como el primero, aunque eso
tiene el inconveniente de que la Sala tendría que entrar en el fondo del asunto
para resolver los recursos. Y tiene la opción, más segura para él, de hacer
un escrito muy breve en el que simplemente comunica su decisión. La
Sección Segunda, en ese caso, simplemente podría limitarse a sancionarla o no,
dejando para más tarde su pronunciamiento final. Salvaría el tipo a Castro y en
el momento procesal oportuno dejaría claro su criterio, ya con la declaración
de la Infanta sobre la mesa.
Enlace articulo original: http://www.abc.es/espana/20131223/abci-castro-infanta-audiencia-201312222035.html
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