- Cobraba con
su NIF de la sociedad acusada de delito fiscal
- Firmó el
falso arrendamiento de su palacete a Aizoon y puso los recibos a su nombre
Factura de la Infanta Cristina con su NIF emitida a Aizoon. EM
La Infanta
Cristina está aún
más cerca de ser imputada por blanqueo de capitales y delito fiscal tras
descubrirse no sólo que firmó como arrendadora y arrendataria de su palacete,
sino que cada mes emitía facturas para cobrar de Aizoon el falso autoalquiler.
Mediante este procedimiento, la hija pequeña del Rey se apropiaba de dinero
público desviado desde el Instituto Nóos a la sociedad que comparte con
Urdangarin.
Estas pruebas ratifican que, en contra de lo que mantiene
Hacienda, sí tuvo una participación "consciente" en Aizoon, entidad
acusada de delito fiscal en 2007 y 2008.
La Infanta Cristina no
sólo firmó de su puño y letra y por duplicado -es decir, como arrendadora y
como arrendataria- el contrato ficticio de autoalquiler de su palacete de
Pedralbes a su sociedad Aizoon desvelado por EL MUNDO. La hija del Rey también emitió
decenas de facturas con su nombre y su NIF 00.000.014-Z a la entidad de la que posee el 50% de
sus participaciones, bajo la coartada de arrendar su residencia barcelonesa de
Pedralbes como despacho profesional a su propia empresa.
La Agencia Tributaria ya ha concluido que se trata de una
operación simulada urdida con el único objetivo de generar gastos falsos para
pagar menos impuestos y, al mismo tiempo, desviarse fondos de las arcas de
Aizoon. No en vano, ni esta entidad tuvo nunca actividad real alguna -fue
empleada para desviarse fondos públicos del Instituto Nóos con facturas falsas
pese a que en su objeto social establece que es una consultora- ni la vivienda
de la calle Elisenda de Pinós albergó jamás el referido despacho de esta
"sociedad instrumental".
Sin embargo, es la propia Hacienda la que sigue sosteniendo a
día de hoy que a la hija del Rey no puede atribuírsele participación alguna en
el fraude fiscal de la trama vinculada al Instituto Nóos, porque no existen
indicios de su participación "directa y consciente". Esta conclusión
la expone, además, pese a obrar en su poder tanto el contrato de autoalquiler
como el más de medio centenar de facturas, que forma parte del expediente de la
inspección fiscal abierta a la sociedad.
De hecho, bajo este
argumento Cristina de Borbón ha sido exonerada por completo de los delitos
fiscales presuntamente cometidos en Aizoon en los ejercicios 2007 y 2008, de
los que tanto el Fisco como Anticorrupción responsabilizan únicamente al otro
socio de la entidad instrumental: Iñaki
Urdangarin.
El autoalquiler del palacete pulveriza por completo la tesis
mediante la cual ha sido exculpada hasta el momento la Infanta. Cristina de
Borbón rubricó el 20 de diciembre de 2005 el contrato simulado tanto como
arrendadora como arrendataria. Es decir, como propietaria del palacete de
Pedralbes y como socia de Aizoon. Se trata de una de las pruebas más gráficas
de que su participación en los actos fraudulentos sí era consciente.
Pero es que, además,
cada mes emitió una factura como la que se reproduce en esta página que le
servía para desviarse entre 500 y 600 euros de procedencia pública. Cuando se
firmó este contrato,Aizoon disponía como única
fuente de ingresos el Instituto "sin ánimo de lucro" Nóos que, a su vez, se nutría de los
contratos públicos que tenía suscritos con los gobiernos de Valencia y Baleares
y que ya han sido calificados como "ilícitos" tanto por el juez José
Castro como por el fiscal Anticorrupción Pedro Horrach.
Pero todavía más. El dinero desviado de Aizoon por este concepto
acabó, mes a mes, y desde finales de 2005, en una cuenta bancaria que comparten
Cristina de Borbón e Iñaki Urdangarin, por lo que su intervención en esta
operativa fraudulenta no sólo fue consciente, sino totalmente directa.
Con estos nuevos elementos sobre la mesa el juez Castro debe
decidir ahora si vuelve a imputar a la Infanta, en esta ocasión no ya por
tráfico de influencias, sino por delito fiscal y blanqueo de capitales, o si da
por buenos los argumentos de Hacienda y de la Fiscalía y la aparta del caso de
manera definitiva por no haber participado "conscientemente" en la
actividad de Aizoon.
"Para ser partícipe
en un delito contra la Hacienda pública", ha señalado ya la Agencia Tributaria
en el caso concreto de la hija del Rey, "se
requiere una previa participación consciente dirigida a la defraudación a la
Hacienda pública". "Bien induciendo al autor a
cometer el delito, cooperando a su ejecución con un acto sin el cual no se
habría efectuado, o cooperando a la ejecución del hecho mediante actos
anteriores o simultáneos". Sus dictámenes concluyen: "No puede
considerarse a Cristina de Borbón cooperadora por el solo hecho de ser socio no
administrador de una sociedad".
Curiosamente, pasó por alto el Fisco la existencia tanto de esta
operación como de otra que también prueba la implicación directa de Cristina de
Borbón, al firmar la compraventa ficticia de 150.000 euros en acciones de Mixta
África.
Enlace articulo original: http://www.elmundo.es/espana/2013/11/06/5279726b61fd3d445e8b4577.html
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