- Editan una guía con ideas para
conseguir el consentimiento de los usuarios
P. Romero | Madrid
¿Una ayuda
indispensable para agilizar la navegación en Internet o una poderosa arma de
espionaje para conocer valiosos datos de comportamiento los usuarios?
Ahora que la normativa limita el
uso de las famosas 'cookies' y requiere el consentimiento del usuario para su
uso, los anunciantes españoles quieren aclarar el uso de estas herramientas y
cuáles son los límites que marca la ley. Para ello han editado una guía de
autorregulación.
Las 'cookies' son esos pequeños archivos de texto
que quedan grabados en nuestros ordenadores, móviles y tabletas cuando
navegamos por la Red, esos chivatos que pueden almacenar datos de todo tipo
y 'recordar' información de la visita de internautas a un sitio web. Su uso
se ha convertido en uno de los asuntos más controvertidos para los defensores a
ultranza de la privacidad en la Red, dado que dependiendo de su uso y de la
información que contengan, podrían usarse eventualmente para reconocer al
usuario.
Las hay de muchos
tipos, desde las que retienen la información de una 'lista de la compra' o
la participación en un evento hasta las que registran las preferencias de
navegación de un usuario, pasando por las que captan lo que hacemos en un sitio
web concreto para elaborar perfiles de navegación y mejorar así la experiencia
del usuario. Y también se pueden clasificar según su 'vida': hay 'cookies' de
sesión que se eliminan cada vez que el internauta abandona un sitio web, y las
hay "persistentes", que pueden durar desde minutos hasta años.
La normativa
europea impone a las compañías dos obligaciones fundamentales, eso sí,
sólo para las 'cookies' más agresivas con respecto a la privacidad de los
usuarios: el deber de información y la obtención del consentimiento. Es
decir, para el uso de ciertas 'cookies', las compañías están obligadas a
informar sobre la naturaleza y la función de estos archivos, y además han de
pedir permiso al usuario para su uso.
Desde el día
8 de abril, Google -que resulta ser la mayor compañía
de publicidad 'online' que hay en España- ya informa al
usuario sobre las 'cookies'. Al inicio de cada sesión destaca en un recuadro el
siguiente texto: "Las cookies nos permiten ofrecer nuestros servicios. Al
utilizar nuestros servicios, aceptas el uso que hacemos de las cookies". Y
facilita
un enlace en el que
se puede consultar dicho uso, que va desde el guardado de preferencias de
usuario hasta la personalización de la publicidad mostrada, e incluso datos de
análisis ("anónimos", recuerda la compañía) útiles para sitios web.
La compañía asegura que este aviso aparece en el buscador en los 27 países
de la UE y también en YouTube, en este caso en los 19 países europeos en
los que tiene dominio propio.
Ahora, el
cumplimiento con las imposiciones de la UE ha llevado a los propios anunciantes
a editar una guía, con el apoyo de la propia Agencia Española de Protección de Datos
(AEPD), en la que
analizan la legislación vigente al respecto (básicamente la LSSI y el Real Decreto ley 13/2012 [PDF], que traspone la directiva europea
sobre 'cookies'). Se basan en la interpretación que hace de la directiva el
llamado Grupo del artículo 29, el conjunto de las entidades
nacionales de protección de datos de los países de la Unión Europea.
Información clara
En la guía,
anunciantes y agencias se marcan como obligación proporcionar al usuario de una
página web que use 'cookies' información "suficientemente completa
para permitir a los usuarios entender la finalidad para las que se instalaron y
conocer los usos que se les darán". Es decir, la información deberá ser clara
pero alejada de los tecnicismos -se parte del supuesto de que el usuario
tiene un nivel muy bajo de conocimiento de esta herramienta-, y destacada de
manera que haya altas posibilidades de que el usuario acceda a esta
información.
"En el
caso de que un usuario preste su consentimiento para el uso de 'cookies",
reza la guía, "la información sobre cómo revocar el consentimiento y
eliminar las 'cookies' deberá de estar a su disposición de forma accesible y
permanente".
La guía
propone a las compañías y entidades que gestionen sitios web varios ejemplos
para informar a los usuarios de qué son las 'cookies' y, en su caso, cómo
bloquearlas o eliminarlas instaladas en su equipo mediante la configuración de
las opciones del navegador.
Consentimiento
También
propone fórmulas para constatar el consentimiento del usuario al uso de esas
'cookies', ya que, insiste la propia guía, "para que dicho
consentimiento sea válido será necesario que haya sido otorgado de forma
informada". Para cumplir con esta condición, se recomienda lograr
"la obtención del consentimiento a través de un 'click' del usuario o de
una conducta similar". La guía propone varios momentos para obtener ese
consentimiento: cuando se solicite el alta en un servicio, durante la
configuración del funcionamiento del sitio web o bien antes de descargarse un
contenido o aplicación.
No obstante,
la guía reconoce que puede ser válido que "el usuario haya realizado
algún tipo de acción consciente y positiva de la cual pueda inferirse el
consentimiento", o incluso a través de la mera configuración del navegador.
"Tanto la Directiva sobre privacidad como la LSSI sugieren que la
configuración del navegador podría ser una de las formas de obtener el
consentimiento si se utiliza de forma que permita que los usuarios manifiesten
su conformidad con la instalación de las 'cookies", afirma el folleto.
El contenido
de este documento, presentado hoy, está consensuado por la Asociación Española
de la Economía Digital (adigital), Autocontrol y el Interactive Advertising Bureau
(IAE), con la colaboración de la Asociación Española de Anunciantes.
El director
de la AEPD, José Luis Rodríguez Álvarez, ha destacado que, con esta
Guía, se da un gran paso adelante para conciliar el uso de 'cookies' con la
protección de la privacidad de los ciudadanos, y en ella "se establecen
reglas claras para garantizar que los usuarios puedan decidir si consienten o
no la instalación de 'cookies' en sus terminales".
Enlace articulo original: http://www.elmundo.es/elmundo/2013/04/29/navegante/1367212030.html
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