ABC / SEVILLA
La magistrada que instruye las ayudas
fraudulentas otorgadas por Empleo ha confirmado fianzas de 267.000 euros para
otros tres intrusos.
EFE / JUAN FERRERAS
La juez Mercedes Alaya que
investiga el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos
tramitados por la Junta de Andalucía ha ordenado embargar tres fincas al
'intruso' Alejandro Millán Torres para hacer frente a la
fianza de responsabilidad civil de 432.993,69 euros que le fue impuesta,
mientras que también ha confirmado las fianzas ascendentes a un total de
267.395,44 impuestas a Juan Manuel López Espada, José Luis
Llorente Herrero yJosé Acevedo López.
Alejandro Millán Torres, oriundo de la
localidad sevillana de El Pedroso y prejubilado en un ERE
promovido en el año 2007 por Fomento de Construcciones y Contratas (FCC) S.A.,
percibió en concepto de ayuda un total de 333.072,07 euros, todo ello al mismo
tiempo que era perceptor de una pensión por incapacidad permanente
total y se dio de alta como autónomo.
En un decreto dictado el 13 de marzo y
notificado ahora a las partes, consultado por Europa Press, la secretaria de
refuerzo del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla pone de manifiesto que
"siendo insuficientes los bienes embargados", procede el embargo
del 25 por ciento que le corresponde al imputado de dos fincas ubicadas en El
Pedroso y sobre una tercera localizada en Sevilla capital.
Asimismo, la juez Mercedes Alaya ha
dictado un auto, consultado por Europa Press, en el que confirma la fianza de
158.148,44 euros impuesta a José Acevedo por su inclusión en
el ERE de Intersur y de 58.347 euros fijada para Juan Manuel López
Espada, vecino del municipio sevillano de Camas incluido en el ERE de
Surcolor. En este auto dictado el 11 de marzo, la instructora asevera que
"es plenamente rechazable el error invencible alegado" por los
imputados como causa de exención de la responsabilidad criminal, "pues es
altamente probable que supieran -como es de común conocimiento- que no podían
ser merecedores de prestación pública de forma lícita".
Así, dice que los dos imputados
relataron en su recurso contra las fianzas impuestas que "se limitaron a
entregar" en el despacho del entonces director general de Trabajo y
Seguridad Social de la Junta su documentación personal, "sin rellenar
solicitud alguna", lo que hicieron tanto ellos dos como José
Antonio García Prieto, exconcejal de Camas y exsecretario de Política
Municipal del PSOE en ese municipio, "a través del cual, según el recurso,
habrían tenido noticias de las ayudas en la sede del PSOE de Camas".
Agravio
comparativo
Además, la magistrada "ha valorado
la posibilidad que los recurrentes tuvieron, hasta recibir las prestaciones, de acudir
a medios o personas que les permitieran conocer la trascendencia jurídica de su
actuación", a lo que se suma la existencia de 'periculum in mora'
"por el inevitable retraso en la resolución definitiva de la causa ante su
gran extensión y por la posibilidad de que los recurrentes puedan colocarse en
situación de insolvencia, y ello a fin de conservar los bienes necesarios ante
un eventual pronunciamiento de condena".
Asimismo, las fianzas impuestas "cumplen
el principio de proporcionalidad", ya que se trata de una medida
"justa, adecuada y necesaria". Los 'intrusos' también alegaron el
agravio comparativo que suponía que no se hubieran adoptado medidas cautelares
sobre los funcionarios que hubiesen concedido las ayudas recibidas por los
recurrentes, un argumento que "decae, obviamente, pues ya se ha recibido
declaración a imputados con mayor grado de decisión en el reparto de las
subvenciones públicas sobre los cuales ya se han adoptado las medidas cautelares
oportunas".
Desconocía
que recibía una ayuda pública
Finalmente, la juez dice que, "como
se ha expuesto en otros recursos acerca de las supuestas aportaciones de los
imputados a la Seguridad Social para la percepción de sus rentas, hemos de
decir que las cuantías de las fianzas están sujetas a variación cuando dichas
aportaciones se acreditan efectivamente". Por último, la juez Alaya dictó
un auto el pasado día 5 de marzo en el que ratifica la fianza civil de 50.900
euros impuesta a José Luis Llorente Herrero, incluido como
'intruso' en la empresa 'Aglomerados Morell' a pesar de que nunca había
trabajado en la misma y que recurrió la decisión de la juez alegando que
"desconocía que se le estaba concediendo una ayuda pública". Así, el
imputado señaló que "no obra en autos el contrato que le vinculaba
supuestamente con esta empresa, pareciendo dudar que el mismo haya existido, el
cual en cualquier caso no podría considerarse como falso sino como nulo
o válido, calificación que le corresponde al juez de lo Social", a lo
que se suma, según el letrado de su defensa, que el imputado "es una
persona solvente, honesta y con arraigos".
La juez rechaza todos estos
argumentos y asevera que el imputado "conocía indiciariamente que
la ayuda recibida era una ayuda discrecional y pública", pues la empresa
le dio de alta en la Seguridad Social a través de un contrato "sin causa,
afectado de simulación absoluta".
Enlace articulo original: http://www.abcdesevilla.es/andalucia/20130421/sevi-alaya-embargo-intruso-fianzas-201304211339.html
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